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Martes, 19 de Marzo, 2024
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El Consejo adopta un reglamento de reducción voluntaria de la demanda de gas en un 15 % este invierno

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Para aumentar la seguridad del suministro energético de la UE, el Consejo ha adoptado hoy un reglamento sobre una reducción voluntaria de la demanda de gas en un 15% este invierno. El reglamento prevé la posibilidad de que el Consejo active una 'alerta de la Unión' sobre seguridad de suministro, en cuyo caso la reducción de la demanda de gas sería obligatoria.

El objetivo de la reducción de la demanda de gas es hacer ahorros para este invierno, con el fin de prepararse para posibles interrupciones en el suministro de gas desde Rusia, que utiliza continuamente fuentes de energía como arma.

Los estados miembros acordaron reducir su demanda de gas en un 15% en comparación con su consumo promedio en los últimos cinco años, entre el 1 de agosto de 2022 y el 31 de marzo de 2023, con medidas de su propia elección.

Considerando que todos los estados miembros desplegarán sus mejores esfuerzos para cumplir con las reducciones, el Consejo especificó algunas exenciones y posibilidades de aplicar una excepción parcial o, en algunos casos, total del objetivo de reducción obligatorio, con el fin de reflejar las situaciones particulares de los estados miembros y garantizar que las reducciones de gas sean efectivas para aumentar la seguridad del suministro en la UE.

El Consejo acordó que los estados miembros que no están interconectados con las redes de gas de otros estados miembros están exentos de las reducciones de gas obligatorias, ya que no podrían liberar volúmenes significativos de gas en beneficio de otros estados miembros. Los Estados miembros cuyas redes eléctricas no estén sincronizadas con el sistema eléctrico europeo y dependan más del gas para la producción de electricidad también estarán exentos en caso de que estén desincronizados de la red de un tercer país, para evitar el riesgo de una crisis de suministro eléctrico.

Los estados miembros pueden limitar su objetivo de reducción para adaptar sus obligaciones de reducción de la demanda si tienen interconexiones limitadas con otros estados miembros y pueden demostrar que sus capacidades de exportación y su infraestructura nacional de GNL se utilizan para redirigir el gas a otros estados miembros al máximo.

Los Estados miembros también pueden limitar su objetivo de reducción si han superado sus objetivos de llenado de almacenamiento de gas, si dependen en gran medida del gas como materia prima para industrias críticas o pueden utilizar un método de cálculo diferente si su consumo de gas ha aumentado al menos un 8 % en el año pasado en comparación con el promedio de los últimos cinco años.

Los Estados miembros acordaron reforzar el papel del Consejo en la activación de la 'alerta de la Unión'. La alerta se activaría mediante una decisión de ejecución del Consejo, a propuesta de la Comisión. La Comisión presentará una propuesta para activar una «alerta de la Unión» en caso de riesgo sustancial de escasez grave de gas o de demanda de gas excepcionalmente alta, o si cinco o más Estados miembros que hayan declarado una alerta a nivel nacional solicitan a la Comisión que hazlo

Al elegir las medidas de reducción de la demanda, los estados miembros acordaron que considerarán priorizar las medidas que no afecten a los clientes protegidos, como los hogares y los servicios esenciales para el funcionamiento de la sociedad, como las entidades críticas, la atención médica y la defensa. Las posibles medidas incluyen la reducción del consumo de gas en el sector de la electricidad, medidas para fomentar el cambio de combustible en la industria, campañas nacionales de sensibilización, obligaciones específicas para reducir la calefacción y la refrigeración y medidas basadas en el mercado, como subastas entre empresas.

Los estados miembros actualizarán sus planes nacionales de emergencia que establecen las medidas de reducción de la demanda que están planeando, e informarán periódicamente a la Comisión sobre el avance de sus planes.

El reglamento se adoptó formalmente mediante un procedimiento escrito. La adopción sigue a un acuerdo político alcanzado por los ministros en el Consejo Extraordinario de Energía el 26 de julio. El reglamento se publicará ahora en el Diario Oficial y entrará en vigor al día siguiente.

El reglamento es una medida excepcional y extraordinaria, prevista por un tiempo limitado. Se aplicará durante un año y la Comisión llevará a cabo una revisión para considerar su extensión a la luz de la situación general del suministro de gas en la UE, para mayo de 2023.

Antecedentes

La UE se enfrenta a una posible crisis de seguridad del suministro con entregas de gas significativamente reducidas desde Rusia y un grave riesgo de una paralización total, para lo cual los estados miembros deben prepararse de inmediato de manera coordinada y con espíritu de solidaridad. Aunque no todos los estados miembros se enfrentan actualmente a un riesgo significativo de seguridad del suministro, las interrupciones graves en ciertos estados miembros afectarán a la economía de la UE en su conjunto.

Complementa las iniciativas y la legislación de la UE existentes, que garantizan que los ciudadanos puedan beneficiarse de un suministro seguro de gas y que los clientes estén protegidos frente a interrupciones importantes del suministro, en particular el Reglamento (UE) 2017/1938 sobre la seguridad del suministro de gas.

Este reglamento sigue a otras iniciativas que ya están en curso para mejorar la resiliencia y la seguridad del suministro de gas de la UE, incluido un reglamento de almacenamiento de gas, la creación de una plataforma energética de la UE para compras conjuntas e iniciativas enumeradas en el plan REPowerEU.

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