La Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA), el regulador y supervisor de los mercados financieros de la UE, ha respondido a la propuesta de la Comisión Europea de modificar las Normas Técnicas de Regulación (RTS) del Reglamento sobre los Mercados de Criptoactivos (MiCA). La ESMA reconoce las limitaciones legales planteadas por la Comisión, pero destaca la importancia de los objetivos de política que subyacen a la propuesta inicial.
En Los OpiniónLa ESMA toma nota de las modificaciones propuestas a las dos RTS que especifican:
- la información que debe incluirse en una notificación por parte de determinadas entidades financieras de su intención de proporcionar servicios de criptoactivos y
- la información que debe incluirse en una solicitud de autorización como proveedor de servicios de criptoactivos.
La ESMA también reitera que el objetivo final de estas RTS es garantizar una evaluación exhaustiva del punto de entrada para los proveedores de servicios de criptoactivos (CASP) solicitantes y las entidades financieras que deseen proporcionar servicios de criptoactivos en el EUEsto aumentará la resiliencia del mercado de criptoactivos y mejorará la protección de los inversores en el espacio de los criptoactivos.
Por tanto, la ESMA recomienda a la Comisión que considere la posibilidad de introducir modificaciones en el Reglamento MICA (nivel 1), a saber:
- exigir a los proveedores de servicios de criptoactivos solicitantes y a las entidades notificadoras que proporcionen los resultados de una auditoría externa de ciberseguridad; y
- incluyendo, en la evaluación de la buena reputación de los miembros del órgano de administración de los proveedores de servicios de criptoactivos solicitantes, controles relativos a la ausencia de sanciones también en áreas distintas del derecho comercial, derecho de la insolvencia, derecho de los servicios financieros, lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo, fraude o responsabilidad profesional.
Antecedentes
El 25 de marzo de 2024, la ESMA publicó su primera reporte final sobre el proyecto de normas técnicas de regulación que especifica determinados requisitos de la MiCA y lo presentó a la CE para su adopción. En septiembre de 2024, la Comisión informó a la AEVM de que tenía intención de adoptar dos de las normas técnicas de regulación propuestas con modificaciones e invitó a la AEVM a presentar un nuevo proyecto de normas técnicas de regulación que reflejara las modificaciones previstas.
Próximos pasos
La ESMA ha comunicado el presente dictamen a la Comisión, al Parlamento Europeo y al Consejo Europeo.
La CE podrá adoptar las dos normas técnicas de regulación con las modificaciones que considere pertinentes o rechazarlas. El Parlamento Europeo y el Consejo podrán presentar objeciones a una norma técnica de regulación adoptada por la CE en un plazo de tres meses.
Información adicional
Cristina Bonillo
Oficial superior de comunicaciones
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