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(Domingo, 5 de mayo de 2024
NoticiasDerecho a la religión no superior al derecho a la vida: Madras HC

Derecho a la religión no superior al derecho a la vida: Madras HC

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Redacción
Redacciónhttps://europeantimes.news
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CHENNAI: El tribunal superior de Madrás afirmó el miércoles que el derecho a la religión no es superior al derecho a la vida. “Los derechos religiosos están sujetos al interés público y al derecho a la vida”, dijo el HC.
Si el estado decide tomar alguna medida restringiendo funciones religiosas durante la pandemia, nosotros (el tribunal) no podemos interferir, el primer banco del Presidente del Tribunal Supremo Sanjib Banerjee y dijo el juez Senthilkumar Ramamoorthy.
El tribunal hizo las observaciones al escuchar un PIL movido por Rangarajan Narasimhan alegando que las funciones y los ritos religiosos que deberían llevarse a cabo en el Templo Trichy Srirangam no se llevan a cabo según los textos sagrados sino de acuerdo con los caprichos y fantasías del departamento de donaciones caritativas y religiosas hindúes.
El peticionario quería que el tribunal ordenara al gobierno del estado que constituyera un comité integrado por líderes religiosos para decidir el modo y la manera en que tales funciones debe llevarse a cabo. Cuando se presentó la declaración de culpabilidad para la audiencia, el tribunal dijo que cuando el gobierno impone ciertas restricciones para proteger la vida y la salud del público, las mismas deben cumplirse.
Sin embargo, si tales funciones religiosas se pueden realizar con una participación mínima del público, se puede hacer lo mismo después de seguir el protocolo Covid-19, agregó el tribunal. De acuerdo, el peticionario dijo que hay formas prescritas en los "shastras" para realizar funciones de manera mínima. Pero solo los líderes religiosos, que están bien versados ​​en los shastras, pueden sugerir lo mismo, no el comisionado adjunto o el oficial ejecutivo del departamento, dijo.
En representación de las autoridades, el abogado principal Satish Parasaran afirmó que todas las funciones religiosas obligatorias se llevan a cabo siguiendo los procedimientos operativos estándar de Covid. El tribunal ordenó a las autoridades que consultaran a los líderes religiosos interesados ​​sobre cómo se llevarían a cabo las festividades. Sin embargo, la higiene y el protocolo Covid no pueden verse comprometidos para realizar tales funciones, agregó el tribunal.
Al señalar que el estado podría considerar incluir al peticionario en las discusiones, el tribunal le ordenó que presente un informe en seis semanas sobre la forma en que se llevarán a cabo las funciones hasta julio.

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