18.8 C
Bruselas
(Domingo, 12 de mayo de 2024
Europa¿Por qué los profesionales del derecho en Europa siguen evitando los procedimientos extrajudiciales?

¿Por qué los profesionales del derecho en Europa siguen evitando los procedimientos extrajudiciales?

EXENCIÓN DE RESPONSABILIDAD: Las informaciones y opiniones reproducidas en los artículos son propias de quienes las expresan y es de su exclusiva responsabilidad. Publicación en The European Times no significa automáticamente la aprobación de la opinión, sino el derecho a expresarla.

DESCARGO DE RESPONSABILIDAD TRADUCCIONES: Todos los artículos de este sitio se publican en inglés. Las versiones traducidas se realizan a través de un proceso automatizado conocido como traducción neuronal. En caso de duda, consulte siempre el artículo original. Gracias por entender.

Veneta Manolova-Draganova
Veneta Manolova-Draganovahttps://venetamanolova.com/
Veneta Manolova–Draganova ejerce como Abogada (Colegio de Abogados de Sliven, Bulgaria) y Mediadora registrada (registrada en el Ministerio de Justicia de la República de Bulgaria) en el campo del derecho comercial y la mediación empresarial, con experiencia en el sector empresarial agrícola y Políticas AML de la Unión Europea. Contactos: [email protected]

En los últimos años hemos sido testigos de hechos que solo conocemos por los libros de historia. Nuestra cultura europea se ha enfrentado a lo que está sucediendo. La fea verdad es que las reacciones primarias no nos son ajenas. Nacemos con ellos; Con el paso de los años, hemos aprendido a reprimir las emociones primitivas ya comportarnos correctamente porque vivimos en sociedad. Hemos aprendido a usar el sentido común enfocado en la negociación, el compromiso y los acuerdos. En lenguaje político, esto es diplomacia. En lenguaje legal, estos son procedimientos extrajudiciales o mediación.

Como todos sabemos: "Incluso el peor acuerdo es mejor que la mejor decisión judicial.” – una declaración bien conocida entre los abogados. Entonces, ¿por qué los profesionales legales todavía evitan la mediación? ¿El problema está en la legislación o está en nuestra cultura de acuerdos?

Según el artículo 1 de la Directiva 2008/52 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2008, relativa a determinados aspectos de la mediación en materia civil y mercantil, DO 2008 (L 136), su objetivo principal es “facilitar el acceso a la resolución alternativa de conflictos y promover la resolución amistosa de conflictos fomentando el uso de la mediación y asegurando una relación equilibrada entre la mediación y los procedimientos judiciales."

Desde 2008 se han realizado numerosos estudios y análisis, y todos ellos ponen de manifiesto que la aplicación práctica de la Directiva dista mucho de los objetivos marcados. Algunos de los estudios a destacar son:

"Cuantificación del costo de no usar la mediación: un análisis de datos” (El estudio de 2011 y “El estudio de reinicio de 2014”, ambos encargados por el Parlamento Europeo. Estos estudios estimaron que si todos los casos en la UE fueran primero a mediación, y el procedimiento tuviera éxito en el 50 % de los casos, el promedio de días ahorrados sería de 240 días; si la mediación tuviera éxito en el 70% de los casos, el ahorro de tiempo aumentaría hasta los 354 días. En cuanto al ahorro de costes: el ahorro de dinero por litigio individual se multiplicó por el número de litigios anuales en la UE, lo que resultó en un ahorro de alrededor de treinta a cuarenta mil millones de euros con una tasa de éxito del 50%. A pesar de estos impresionantes datos, el Parlamento Europeo aprobó su Resolución de septiembre 12 2017 sobre la aplicación de la Directiva de mediación de la UE, diciendo que los objetivos establecidos en el artículo 1 no se han logrado, ya que la mediación se utiliza en menos del 1 % de los casos en los tribunales de media en la mayoría de los Estados miembros. Posteriormente en 2018, un Briefing solicitado por la comisión JURI del Parlamento Europeo, según el cual estamos asistiendo a la “Paradoja de la mediación de la UE”: “Si aumentar el uso de la mediación genera un ahorro significativo de tiempo y costos para las partes (así como para el poder judicial y los contribuyentes), ¿por qué los Estados miembros experimentan tasas de mediación tan bajas?”

La respuesta a esta pregunta es bastante compleja. Las razones de esta paradoja no son tanto legales sino psicológicas y culturales. Mis observaciones, desde mi experiencia hasta el momento, se superponen con algunas de las conclusiones de los estudios citados y podemos resumirlas de la siguiente manera:

1- La introducción de la mediación obligatoria es crucial para la implementación exitosa de la mediación

Resulta que cuando los Estados miembros tienen la libertad de elegir si aplican la mediación, simplemente no lo hacen. Y creo que es una reacción psicológica comprensible. Italia es un ejemplo del hecho de que después de la introducción de la mediación obligatoria para una cierta gama de casos, la demanda de mediación voluntaria ha aumentado considerablemente (150.000 200.000 – 2004 2018 casos de mediación por año). En Bulgaria, tenemos la Ley de Mediación desde 2021, mucho antes de la adopción de la Directiva de Mediación de la UE. Desde entonces, un pequeño grupo de mediadores experimentados ha estado tratando de romper los estereotipos e implementar la mediación a nivel nacional. En XNUMX, hubo un gran avance con la Mesa Redonda sobre Mediación Obligatoria, organizada por el Consejo Superior de Abogados y el Centro de Acuerdos y Mediación en los Tribunales del Distrito y de la Ciudad de Sofía, que tuvo una respuesta pública seria. Pero solo en XNUMX, el Panel de Jueces del Consejo Judicial Supremo adoptó un Concepto para la Introducción de la Mediación Judicial Obligatoria en casos civiles y comerciales en Bulgaria.

2- Incentivos económicos a la participación en el procedimiento / Sanciones relativas:

La introducción de algo nuevo es mucho más fácil de aceptar si está vinculada a incentivos financieros o sanciones relacionadas. Por ejemplo, en Bulgaria, las partes reciben un reembolso del 50 % de la tasa estatal pagada al tribunal si resuelven con éxito la disputa a través de la mediación. La ley rumana proporciona un reembolso completo de la tasa judicial si las partes resuelven una disputa pendiente a través de la mediación. Se pueden encontrar disposiciones similares en la legislación húngara y también en Italia, donde todos los actos y acuerdos resultantes de la mediación están exentos de tasas estatales. En cuanto a las sanciones, parecen ser el tema más sensible en esta etapa porque corremos el riesgo de afectar los derechos humanos y el acceso a la justicia.

3- Aumentar los criterios para la concesión de licencias a los mediadores

Por el momento, lo considero una deficiencia, ya que los criterios son demasiado generales, y es por eso que muchos jueces en países donde la mediación no es obligatoria evitan el procedimiento porque dudan de la efectividad del procedimiento y/o de las calificaciones de los mediadores. Por lo tanto, creo que se debe especificar la normativa en cuanto a los requisitos para los mediadores, y se debe endurecer el acceso a esta profesión. Aquí deberíamos mencionar el buen ejemplo de Rumania y su Consejo de Mediación, un organismo nacional totalmente dedicado a promover la mediación, desarrollar estándares de formación, formar a los profesores que imparten formación, emitir documentos que demuestren las cualificaciones profesionales de los mediadores, adoptar un código de ética, así como así como la formulación de propuestas de actos legislativos.

4- Cooperación con Abogados

Desafortunadamente, en muchos países europeos, los abogados aún evitan la mediación, ya que creen que la resolución extrajudicial de disputas privará de sus ingresos a los litigios. Para superar este problema, es extremadamente importante que los Colegios Nacionales de Abogados trabajen para aumentar la competencia de los abogados. Los abogados deben estar seguros de que la mediación no los expulsará del mercado, sino que les brindará nuevas oportunidades, ya que la participación de los abogados en el procedimiento de mediación es crucial. Recuerde que incluso en Italia, los profesionales del derecho se opusieron a los cambios, apelaron la legislación en los tribunales e incluso se declararon en huelga.

5- Aclaración de las obligaciones de los Agentes de Ejecución

En 2021, La CEPEJ (Comisión Europea para la Eficiencia de la Justicia), en su 36° Pleno, adoptó un Programa de Capacitación y Concientización sobre Mediación para Agentes de Ejecución, cuyo objetivo es garantizar la eficacia de la Remisión Judicial a la mediación. Comparto plenamente la opinión expresada en las Directrices de la recomendación del Consejo de Europa sobre la ejecución, según la cual el papel del agente de ejecución debe estar claramente definido por la legislación nacional para evitar confusiones en competencias y procedimientos. Se espera que los agentes de ejecución asuman el papel de “mediadores postjudiciales” durante la etapa de ejecución. Pero la imposición de este rol debe ser comunicada en detalle y con anticipación. De lo contrario, corremos el riesgo de que los agentes de ejecución se retiren de la mediación, al igual que otros profesionales del derecho mencionados anteriormente, con el efecto contrario.

6- Mejorar la cultura jurídica de la sociedad

La introducción de normativa y legislación europea, en general, se está moviendo de arriba abajo, lo cual es normal. Pero esto a menudo conduce a un problema con su implementación en la práctica. En mi experiencia, siempre tomo el enfoque opuesto: individualizo el problema en su infancia y formulo una solución. Por ejemplo, creo que no podemos hablar de mediación familiar obligatoria si no hemos avanzado en la solución del problema de la violencia doméstica. Los temas deben priorizarse, especialmente en países con un nivel de vida más bajo, así como en sociedades cuya cultura es inicialmente más militante.

En conclusión, resulta que, incluso si tenemos un gran marco regulatorio que tiene como objetivo hacernos la vida más fácil, las regulaciones serán inaplicables en la práctica hasta que apliquemos un enfoque individual de abajo hacia arriba, comenzando con los individuos, pasando por los profesionales del derecho hasta nacionales y europeos. instituciones

Entonces, ¿le tenemos miedo a la mediación? Ya no.
Pero, ¿tenemos una cultura del acuerdo? Todavía no.

- Publicidad -

Más del autor

- CONTENIDO EXCLUSIVO -punto_img
- Publicidad -
- Publicidad -
- Publicidad -punto_img
- Publicidad -

Debe leer

Últimos artículos

- Publicidad -