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Martes, abril 30, 2024
Selección del editorFrancia, ¿se trata del llamado Islam Político?

Francia, ¿se trata del llamado Islam Político?

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Alessandro Amicalelli
Alessandro Amicalelli
Alessandro (Alex) Amicarelli, miembro y director de Obaseki & Co Ltd - Obaseki Solicitors Law Firm en Londres - es abogado de los Tribunales Superiores de Inglaterra y Gales, y abogado de Italia, especializado en Derecho Internacional y de Derechos Humanos e Inmigración. y Ley de Refugiados, que trata también de inversiones y desarrollo sostenible y también de cooperación internacional.

El Proyecto de Ley Antiseparatismo y las Obligaciones Internacionales de Francia: ¿se trata del llamado Islam Político?

Francia es miembro de organizaciones internacionales y, de hecho, un país donde el estado de derecho, la democracia y el respeto de los derechos humanos son principios fundamentales de la “République”.

Del mismo modo, Francia es un país con una población muy diversa de varios orígenes y que pertenece a varias tradiciones lingüísticas, étnicas y, de hecho, religiosas o espirituales diferentes o a ninguna.

El presidente Macron, la Premier Dame y varios políticos franceses han defendido el derecho discutible, por decir lo menos, de Charlie Hebdo a insultar la religión del Islam repetidamente al representar al profeta del Islam Mahoma e insultar al presidente turco Erdogan, y insultando los sentimientos religiosos de muchos grupos religiosos y espirituales como tales en varias ocasiones. Todo ello en nombre del sacrosanto derecho a la Libertad de Expresión.

De hecho, la libertad de expresión es una libertad fundamental consagrada en el Convenio Europeo de Derechos humanos de 1950 y en la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948, que inspiró la CEDH, así como en la mayoría de los instrumentos internacionales de derechos humanos y en la mayoría de las Constituciones nacionales.

Así como la Libertad de Expresión es un derecho humano fundamental, también la Libertad de Pensamiento, Conciencia y Religión, o en una sola expresión la Libertad de Creencia, es un derecho humano fundamental protegido por el art. 18 de la DUDH y por el art. 9 de la CEDH cuyo alcance sólo puede ser limitado en cumplimiento de las disposiciones de la CEDH sin basarse en supuestos valores o necesidades nacionales en contraste con el espíritu de la legislación de Derechos Humanos.

Artículo 9 del Convenio Europeo de Derechos Humanos - Libertad de pensamiento, conciencia y religión “1. Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o creencia y la libertad, solo o en comunidad con otros y en público o en privado, de manifestar su religión o creencia, en el culto, la enseñanza, la práctica y la observancia. 2. La libertad de manifestar la religión o las creencias propias estará sujeta únicamente a las limitaciones prescritas por la ley y que sean necesarias en una sociedad democrática en interés de la seguridad pública, para la protección del orden público, la salud o la moral, o para la protección de los derechos y libertades de los demás”.

Arte. 9 CEDH debe leerse junto con el art. 2 Protocolo 1 del Convenio que dice lo siguiente:

Artículo 2 del Protocolo No. 1 – Derecho a la educación “A nadie se le negará el derecho a la educación. En el ejercicio de las funciones que asuma en relación con la educación y la enseñanza, el Estado respetará el derecho de los padres a asegurar dicha educación y enseñanza conforme a sus propias convicciones religiosas y filosóficas.”

Argumentando que algunos grupos y específicamente el “Islam Político” tienden a aislarse dentro de la sociedad y de la sociedad y que se necesita una legislación para evitar que eso suceda, y dicha legislación también causa que se impida que las entidades privadas se establezcan o lleven a cabo sus actividades. , o prohibir la educación en el hogar, probablemente no sea la mejor respuesta a los problemas que puedan existir en un país democrático como Francia, considerando que Francia tiene un conjunto de leyes, incluidas también leyes penales, para prevenir y abordar el extremismo, el terrorismo y cualquier otra forma. de delincuencia alguna.

Entonces, la pregunta es: ¿cuál es la agenda real detrás de esta legislación propuesta? y quien esta detras de eso?

¿De dónde viene? ¿Hemos visto algo así en el pasado en Francia?

Bueno, hay una organización llamada FECRIS en Francia que está financiada por el gobierno francés y que aboga, en todo el mundo, por la lucha contra los grupos minoritarios, llamados despectivamente cultos (sectes en francés). A FECRIS no le importan las obligaciones internacionales de derechos humanos de Francia y solicita regularmente a las organizaciones internacionales que prohíban a las organizaciones de derechos humanos que defienden la libertad de religión y creencias en sus instalaciones y que dejen de interactuar con ellas, por ejemplo, FECRIS en la reunión de implementación de la dimensión humana de la OSCE en Varsovia.

La creencia de que detrás de esta legislación puede estar tanto la FECRIS como aquellos que comparten las mismas opiniones, puede ser una posibilidad legítima, al menos, si tenemos en cuenta que muy a menudo la lucha contra el Islam, ya sea el llamado Político o no Político, va de la mano con la lucha contra las sectas.

La legislación propuesta puede ser simplemente un caballo de Troya destinado a luchar contra el extremismo pero con la intención real de luchar contra las minorías consideradas como sectas; esta podría ser solo mi opinión personal y especulación si la Ministra Madame Marlène Schiappa no lo hubiera declarado, en una entrevista ella le dio al periódico El parisino, como sigue:

“Usaremos las mismas medidas contra las sectas y contra el Islam radical”.

La organización bipartidista de Estados Unidos USCIRF, Comisión de Estados Unidos para la Libertad Religiosa Internacional, ha advertido que FECRIS es una organización que amenaza los derechos humanos de las minorías y ha recomendado, entre otras cosas, lo siguiente:

“Contrapropaganda contra los nuevos movimientos religiosos de la Federación Europea de Centros de Investigación e Información sobre el Sectarismo (FECRIS) en la Conferencia anual de Dimensiones Humanas de la OSCE con información sobre la participación continua de individuos y entidades dentro del movimiento anti-culto en la represión de la libertad religiosa”.

Para mí, está claro que la legislación propuesta, si se aprueba, significaría una desviación grave de las obligaciones legales internacionales de Francia, en primer lugar y ante todo, el CEDH y sus libertades fundamentales y derechos humanos.

El estado de derecho requiere atención e intervención y, de hecho, las actividades extremistas de cualquier grupo deben prevenirse y combatirse con todos los medios necesarios, pero borrar las obligaciones internacionales que garantizan el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales de todos no es la respuesta, sino sólo una excusa para otros fines. La presente ley es la consecuencia natural de la ley núm. 504 de 2001 sobre la prevención y represión de los movimientos de culto y de su hermana ley no. 228 de 2004 destinada a suprimir el derecho a mostrar símbolos religiosos en lugares públicos, los cuales son una grave preocupación para una democracia europea.

Esperamos que, mientras luchamos contra dos virus, el Covid-19 y el virus de la intolerancia, las acciones recomendadas por el Informe USCIRF puedan implementarse muy pronto y también sean solo el comienzo de una serie de acciones adicionales para contrastar estos odio expertos, y finalmente garantizar a todos su derecho a la libertad de pensamiento, conciencia, religión y creencias.

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