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Viernes, 10 de mayo de 2024
CEDHLa nueva guía de la UE ayuda a las empresas a combatir el trabajo forzoso en las cadenas de suministro

La nueva guía de la UE ayuda a las empresas a combatir el trabajo forzoso en las cadenas de suministro

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Comisión Europea
Comisión Europea
La Comisión Europea (CE) es la rama ejecutiva de la Unión Europea, responsable de proponer legislación, hacer cumplir las leyes de la UE y dirigir las operaciones administrativas de la unión. Los comisarios prestan juramento ante el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas en la ciudad de Luxemburgo, comprometiéndose a respetar los tratados y a ser completamente independientes en el desempeño de sus funciones durante su mandato. (Wikipedia)
Desarrollo sostenible | Bruselas, 13 de julio de 2021

La Comisión y el Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE) han publicado hoy una Guía sobre la debida diligencia para ayudar a las empresas de la UE a abordar el riesgo de trabajo forzoso en sus operaciones y cadenas de suministro, de acuerdo con las normas internacionales. La Guía mejorará la capacidad de las empresas para erradicar el trabajo forzoso de sus cadenas de valor proporcionando consejos prácticos y concretos sobre cómo identificar, prevenir, mitigar y abordar su riesgo.

Vicepresidente Ejecutivo y Comisionado de Comercio Valdis Dombrovskis dijo: “No hay lugar en el mundo para el trabajo forzoso. La Comisión se compromete a eliminar esta plaga como parte de nuestro trabajo más amplio para defender derechos humanos. Es por eso que colocamos el fortalecimiento de la resiliencia y la sostenibilidad de las cadenas de suministro de la UE en el centro de nuestra reciente estrategia comercial. Las empresas son clave para que esto suceda, porque pueden marcar la diferencia actuando de manera responsable. Con la Orientación de hoy, estamos apoyando a las empresas de la UE en estos esfuerzos. Incrementaremos nuestro trabajo de diligencia debida con nuestra próxima legislación sobre Gobierno Corporativo Sostenible ”.

Alto Representante / Vicepresidente Josep Borrell dijo: “El trabajo forzoso no solo es una grave violación de los derechos humanos, sino también una de las principales causas de pobreza y un obstáculo para el desarrollo económico. La Unión Europea es líder mundial en conducta empresarial responsable y empresas y derechos humanos. La Guía que publicamos hoy traduce nuestro compromiso en acciones concretas. Ayudará a las empresas de la UE a garantizar que sus actividades no contribuyan a las prácticas de trabajo forzoso en ningún sector, región o país ”.

La Guía explica los aspectos prácticos de la diligencia debida y proporciona una descripción general de los instrumentos de la UE e internacionales sobre conducta empresarial responsable que son relevantes para combatir el trabajo forzoso. La UE ya ha establecido normas obligatorias en algunos sectores y promueve activamente la aplicación efectiva de las normas internacionales sobre conducta empresarial responsable.

Promover cadenas de valor responsables y sostenibles es uno de los pilares de la reciente Estrategia comercial de la UE. La Orientación cumple la estrategia ayudando a las empresas de la UE a tomar las medidas adecuadas, acortando el tiempo hasta que se promulgue la legislación sobre gobierno corporativo sostenible. Esta próxima legislación debería introducir un deber obligatorio de diligencia debida que exija a las empresas de la UE identificar, prevenir, mitigar y dar cuenta de los impactos de sostenibilidad en sus operaciones y cadenas de suministro. Sujeto a la próxima evaluación de impacto, esto incluirá acciones efectivas y mecanismos de aplicación para garantizar que el trabajo forzoso no encuentre un lugar en las cadenas de valor de las empresas de la UE.

La política comercial de la UE ya contribuye a la abolición del trabajo forzoso a través de sus diversos instrumentos. Los acuerdos comerciales de la UE son los únicos que incluyen compromisos vinculantes para ratificar y aplicar eficazmente todos los convenios fundamentales de la OIT, incluidos los sobre trabajo forzoso. Esos convenios incluyen la obligación de suprimir el uso del trabajo forzoso u obligatorio en todas sus formas. Este compromiso se extiende a los países que se benefician del régimen de incentivos especiales para el desarrollo sostenible y la buena gobernanza (SPG +) en el marco del Esquema general de preferencias (SPG) de la UE. Los 71 países beneficiarios del Régimen General de Preferencias están obligados a no cometer violaciones graves y sistemáticas de los principios de los convenios fundamentales de la OIT.

La Orientación también cumple una serie de prioridades de la Plan de acción de la UE sobre derechos humanos y democracia 2020-2024 en el área de empresas y derechos humanos. Esas prioridades incluyen la erradicación del trabajo forzoso y la promoción de normas de diligencia debida reconocidas internacionalmente.

Más Información

Orientación sobre la debida diligencia para que las empresas de la UE aborden el riesgo de trabajo forzoso en sus operaciones y cadenas de suministro 

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