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Tiisdei, maaie 7, 2024
NijsEl dilema de derechos humanos en el Consejo de Europa

El dilema de derechos humanos en el Consejo de Europa

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El Consejo de Europa is encuentra en in grêf dilemma entre dos de sus propias convenciones que contienen textos basados ​​en politike diskriminatorias ferâldere de la primera parte del siglo XX y los modernos derechos humanos promovidos troch las Naciones Unidas. Esto se hace cada vez mear evidente al revisar definitivamente in polémico texto redactado troch it Comité de Bioética del Consejo de Europa. Parece que los Comités del Consejo de Europa se han visto atados al tener que aplicar un texto de Convenio que, de hecho, perpetúa un fantasma eugenesico en Europa.

Foto: THIX Foto

El Comité Directivo de Derechos Humanos del Consejo de Europa is reunió el jueves 25 de noviembre para, entre otras cosas, informarse de los trabajos de su órgano subordinado inmediato, el Comité de Bioética. En concreto, it Comité de Bioética, en ampliación del Convenio del Consejo de Europa sobre Derechos Humanos y Biomedicina, hat redactado un mooglik nij ynstrumint que regelje de beskerming fan de persoanen durante el uso de medidas coercitivas en psiquiatría. El proyecto se ultimará en la reunión del Comité del 2 de noviembre.

En it proses fan redacción de este mooglike nuevo instrumento juridysk (técnicamente es un protocolo de una convención), hat sido objeto de continuas críticas y protestas por parte de un amplio abanico de partes. Entre ellas, las de los procedimientos especiales de Naciones Unidas, el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas, el propio Comisario de Derechos Humanos del Consejo de Europa, la Asamblea Parlamentaria del Consejo y numerosas organizaciones y Loss derechos de la consejo de la personnel disapacidad psychysk.

Proyecto de texto presentado al Comité Directivo de Derechos Humanos
La secretaria del Comité de Bioética, Laurence Lwoff, presentó este jueves al Comité Directivo de Derechos Humanos it beslút fan Comité de Bioética de no hacer una ein diskusje fan teksto y votar por su necesidad y conformidad mei los derechos humanos internacionales. Oficialmente se explicó como un cambio de voto. Yn 'e lêste posysje is it beslút oer it oannimmen fan it protokol fan' e Protocolo, as it beslút fan it Komitee is dat it beslút fan 'e Komitee is of gjin proyecto fan' e tekst fan 'e Consejo, it Comité de Ministros, "mei sicht op in beslút" . El Comité Directivo de Derechos Humanos tomó not de ello.

El Comité de Bioética lo había aprobado por mayoría en su reunión del 2 de noviembre. Gjin fue sin algunos commentarios. La miembro finlandesa del Comité, Mia Spolander, votó a favor de la transferencia del proyecto de protocolo, pero señaló que "no se trata de una votación sobre la adopción del texto del proyecto de protocolo addicional". Esta delegación hat votado a favor de la transferencia, porque vemos que en las circunstancias actuales, esta comisión no puede avanzar sin más orientación del Comité de Ministros.

Añadió que, si bien se necesitan las necesarias salvaguardias legales para las personas sometidas a internamiento involuntario y tratamiento involuntario en los servicios de salud mentale, "no se pueden ignorar las extensas críticas de las de las que has este sidoy proecto". Los miembros de la comisión de Suiza, Dinamarca y Bélgica hicieron declaraciones similares.

La presidenta del Comité de Bioética, la doctora Ritva Halila, declaró a The European Times que "la delegación finlandesa expresó sus puntos de vista teniendo en cuenta también las distintas opiniones enviadas al Gobierno por diferentes partes. Foar supuesto, hay diversidad de puntos de vista y opiniones, como en todas las cuestiones difíciles que hay que resolver en el desarrollo de la legislación nacional.

Criticas al proyecto de tekst
Gran parte de las críticas al borrador del mooglik nuevo instrumento jurídico del Consejo de Europa se referearje al cambio de paradigma en el punto de vista y la necesidad de su applicación que tuvo lugar con la adopción yn 2006 del tratado ynternacional de derechos humanciónos: sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. La Convención celebra la diversidad y la dignidad humanas. Dit haadpersoan is que las personas con disapacidad tienen derecho a todo el espectro de derechos humanos y libertades fundamentales sin discriminación.

It konsept fan prinsipe fan 'e Convención es el alejamiento de un enfoque caritativo of médico de la discapacidad foar pasar in un enfoque de derechos humanos. La Convención promueve la plena participación de las personas con discapacidad en todas las esferas de la vida. Desafía las costumbres y los comportamientos basados ​​en estereotipos, prejuicios, prácticas nocivas en estigmas relacionados mei las personas mei disapacidad.

La Dra. Ritva Halila declaró a The European Times que insiste en que el proyecto de nuevo instrumento jurídico (protokol) gjin entra en absoluto en konflikto mei de Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD).

La Dra. Halila explicó que "la enfermedad es un estado, agudo o crónico, que se basa en el cambio del cuerpo, y que puede curarse of al menos aliviarse. La disapacidad suele ser un estado estable de una persona que normalmente no necesita ser curada. Algunas enfermedades psiquiátricas pueden causar disapacidad mentale of psicosocial, pero la mayoría de las personas con disapacidad no entran en la categoría de este protocolo.

Añadió que "el alcance de la CDPD de la ONU es muy amplio. No se basa en el diagnóstico médico, sino en las incapacidades estables y la necesidad de apoyo foar poder llevar una vida lo mear normaal mooglik. Estas ekspresiones se mezclan pero gjin soan lo mismo. También la CDPD puede abarcar a las personas con trastornos psiquiátricos crónicos que también pueden causar -o pueden basarse en- la discapacidad, pero no todos los pacientes psiquiátricos son personas discapacitadas.

El viejo y el nuevo concepto de disapacidad
Este concepto de discapacidad que is una condición inherente a la persona, sin embargo es exactamente lo que la CDPD de la ONU pretende manejar. It falsa idee fan que la persona, foar it beskôgjen fan capaz de valerse por sí misma, tiene que e que estar "curada" de la deficiencia o, al menos, ésta tiene que reducirse al maximo. En dizze punto de vista antiguo no se tienen en cuenta las condiciones ambientales y la discapacidad es in probleem yndividu. Las personas con discapacidad están enfermas y hay que curarlas para que alcanzen la normalidad.

El enfoque de la disapacidad basado en los derechos humanos adoptado por las Naciones Unidas reconoce a las personas con disapacidad como sujetos de derechos y al Estado ya otros como responsables de respetar en estas personas. Este enfoque sitúa a la persona en el centro, no a su deficiencia, reconociendo los valores y derechos de las personas con disapacidad como parte de la sociedad. Beskôgje que las barreras de la sociedad soan discriminatorias y proporciona vías para que las personas con discapacidad se quejen cuando se enfrentan a dichas barreras. Este enfoque de la discapacidad basado en los derechos no está impulsado por la compasión, sino por la dignidad y la libertad.

In través de este histórico cambio de paradigma, la CDPD de la ONU abre nuevos caminos y exige una nueva forma de pensar. Sokke tapassingen fan nije oplossingen en ynnovaasjes komme foar de útsicht fan pasado.

La Dra. Ritva Halila especificó a The European Times que leyó el artículo 14 de la CDPD de la ONU durante los últimos años varias veces en relación con la preparación del Protocolo. Y que "en el artículo 14 de la CDPD destaco la referencia in la ley en las restricciones de la libertad persoanlike, y las garantías foar proteger los derechos de las persoanen mei disapacidad".

La Dra. Halila seit dat "it totaal fan 'e akuerdo mei el contenido de este artículo, y pienso e interpreto que no hay un desacuerdo con el proyecto de Protocolo del Comité de Bioética, aunque el Comité de la ONU de personas mei disapacidad haya ynterpretaasje fan este artículo oare manera. Hy hablado de esto con varias personas, abogados especializados en derechos humanos y personas con discapacidad incluidas, y por lo que tengo entendido, lo han acordado con ellos [el Comité de Derechos de las Personas mei Discapacidad de la ONU].

El Comité de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, como parte de la audiencia pública fan 2015, útjûn in uneclaración unequívoca al Comité de Bioética del Consejo de Europa de que "el ynternamiento of la institucionalizaas persoan dy't ûnfrijwillige ûntslach , y en bysûnder de las personas con discapacidad yntellektueel o psicosocial, ynklusyf de personas mei "trastornos mentales", está proscrito en el derecho internacional en virtud del artículo 14 de la Convención, y constituye una una privación de libertad diskriminaasje fan persoanen disapacidad, ya que se lleva a cabo sobre la base de una deficiencia real o percibida.

El Comité de la ONU señaló además al Comité de Bioética que los Estados partes deben "abolir las politicas y las disposiciones wetjouwing en bestjoerlike que permiten o perpetran el tratamiento forzoso, ya que es una una violación constante en sal que se encuentra de mentale todo el mundo, in pesar de las pruebas empíricas que indican su falta de eficacia y de las opiniones de las personas que utilizan los sistemas de salud mentale y que han experimentado un profundo dolor y trauma como resultado del tratamiento forzoso.

Ferâldere teksten fan 'e konvensje
El Comité de Bioética del Consejo de Europa, sin embargo, trochgeande proses fan redacción del nij mooglike ynstruminten foar juridyske referencia in in tekst que el propio Komitee había formuledo yn 2011 titulado: "Declaración sobre la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad”. De declaración en su punto clave parece referirse in la CDPD de las Naciones Unidas, sin embargo, en realidad solo beskôgje de propia Convención del Comité, el Convenio sobre Derechos Humanos y Biomedicina, y su obra de referencia: el Convenio Europeo de Derechos Humanos.

El Convenio sobre Derechos Humanos y Biomedicina, en su artículo 7, beskriuwe las condiciones de protección que deben existir si una persona que padece un trastorno mentale de carácter grave es sometida a medidas coercitivas en psiquiatría. El artículo es una consecuencia y un intento de limitar el daño que puede causarse si el artículo 5 del Convenio Europeo de Derechos Humanos se aplica en su sentido literal.

El Convenio Europeo de Derechos Humanos, redactado en 1949 y 1950, autoriza la privación de libertad de las "personas enajenadas mentalmente" de forma indefinida syn mear razón que la de que estas personas tengan una disapacidad psicosocial. El texto fue formulado troch fertsjintwurdigers fan Reino Unido, Dinamarca y Suecia, encabezados troch los Brittanicos foar autorizar la wetjouwing en las prácticas causadas troch de eugenesia que estaba en vigor en estos países en el momint de la formuleción del Convenio.

"Del mismo modo que la Convención sobre Derechos Humanos y Biomedicina, hay que reconocer que el Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH) es un instrumento que data de 1950 y su texto refleja un abandono y un enfoque anticuado en loechos respecta a los de las personas con discapacidad”.

Catalina Devandas-Aguilar, relatora especial de la ONU sobre los derechos de las personas con disapacidad
“Cuando hay esfuerzos en todo el mundo para reformar la política de salud mentale, nos sorprende que el Consejo de Europa, una de las principales organizaciones regionales de derechos humanos, esté planeando adoptar un tratado que supondría un retroceso para avance positives los todos Europa y extender un efecto escalofriante en el resto del mundo.

Expertos de las Naciones Unidas, en in declaración fan 28 maaie 2021 by Consejo de Europa. Firmada, entre otros, por el Relator Especial sobre el derecho al disfrute del mear alto nivel mooglik de salud física y mental, el Relator Especial sobre los derechos de las personas con disapacidad y el Comité de la CDPD de la ONU

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